PILAR CÁCERES FERNÁNDEZ (*) Con el objeto de garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar, nace la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos mismos por los sectores público y privado, entendiendo como información de carácter personal cualquiera concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Ello hace que dicho texto legal sea imperioso, ante el inmoral e ilegal uso de datos personales que realizan las entidades privadas, especialmente las grandes empresas nacionales y multinacionales, que con fines lucrativos mercadean, sin el consentimiento del ciudadano…….
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