por Vicente | Nov 8, 2024 | email marketing
Hoy un cliente nos ha remitido un documento de «Consentimiento para recibir emails» que le ha enviado su proveedor, y nos ha consultado:
¿Realmente hace falta tener el consentimiento firmado por el cliente para que el proveedor le pueda enviar información publicitaria por email?
La respuesta corta es: NO.
El envío de correos publicitarios ha de estar legitimado por una de las bases contempladas en el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos. En este caso concreto, serían aplicables dos opciones:
- El consentimiento expreso del cliente.
- El interés legítimo del proveedor.
El interés legítimo tiene sus límites, pero en este caso concreto, es posible hacerlo si cumple estos dos requisitos:
1 Si informa a los clientes claramente de la posibilidad de oponerse, gratuita y fácilmente, cuando se recopilan sus datos de contacto y cada vez que se envía un mensaje, en caso de que el cliente no se opusiera inicialmente.
2 Si la publicidad la hace de productos / servicios similares a los que ha contratado o adquirido el cliente
Si tienes gusto de leer más a fondo sobre el tema, está muy bien explicado en el Dictamen 06/2014 sobre el concepto de interés legítimo del responsable del tratamiento de los datos en virtud del artículo 7 de la Directiva 95/46/CE (Este caso concreto está contemplado en el documento: Ver ejemplo 4 en la página 70)
Y si tienes dudas, estamos para eso 😉
por Vicente | Sep 26, 2018 | email marketing, PROTECCION DATOS, RGPD, Whatsapp
El Whatsapp es un canal estupendo para entablar conversación con un cliente potencial. Muy útil para que un cliente potencial pueda recibir una propuesta comercial personalizada de manera rápida y ágil.
Si en la propia conversación el cliente nos confirma su interés en nuestro servicio, genial, pero si al terminar la conversación, no se hace cliente, no disponemos del consentimiento de la persona para utilizar sus datos para otra finalidad. (Enviarle ofertas comerciales a posteriori)
¿Cómo añadimos a este contacto a nuestra lista de suscriptores para email marketing?
Una buena manera de solucionarlo es terminar la conversación con una invitación del tipo:
Si el precio que tenemos hoy no le encaja, tenga en cuenta que a veces tenemos unas promociones geniales pero sólo para suscriptores. Le recomiendo que se apunte aquí:
https://www.adelopd.com/ofertas-privadas/
Este texto de arriba se puede enviar por whatsapp para cerrar una conversación, y el cliente sólo tiene que poner su email y darle al botón «Enviar», con este sistema lo habremos podido añadir a nuestro tratamiento de Marketing, con todos los elementos que recomienda la Agencia de Protección de Datos.
por Vicente | May 28, 2018 | consentimiento, email marketing, RGPD, SPAM
¿Es necesario el consentimiento para enviarles informacíon comercial a quienes ya son clientes?
La asociación de banca envió una consulta a la Agencia Española de Protección de Datos en el que le preguntó, entre otras cuestiones, si utilizando como base del tratamiento el interés legítimo del proveedor era legal enviar información comercial a alguien que ya era cliente.
La AGPD evacuó un informe en que respondía a estas cuestiones, y aparentemente sí: https://www.aepd.es/media/informes/2017-0195-interes-legitimo-portabilidad-y-blanqueo.pdf
En la página 4 de dicho informe, cita literalmente: «el tratamiento de datos personales con fines de mercadotecnia directa puede considerarse realizado por interés legítimo»
En la página 5 ahonda sobre este concepto, matizando que para no incumplir la LSSI, será válido siempre y cuando sean comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.
También aclara que: «En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija«.
Así pues, siempre que informemos (al recabar sus datos y/oen la política de privacidad) con una frase que especifique que una de las finalidades del tratamiento de clientes es el envío de información comercial relativa a productos y servicios similares a los que tenga contratados, y que puede oponerse al envío de estas comunicaciones comerciales, sí es legítimo enviarle correos comerciales a los clientes aún cuando no tengamos su consentimiento expreso (y siempre y cuando se trate de productos similares a los que ya haya adquirido el cliente).