Si una entidad financiera nos solicita documentos tales como los modelos 347 y 415 (declaración anual de operaciones con terceros) o el libro mayor de contabilidad, (se suele solicitar en operaciones de financiación), y teniendo en cuenta que dichos documentos pueden contener datos de carácter personal de terceros, ¿podría la empresa que los aporta ser sancionada por vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)?

A esta duda viene a responder el Informe 0248/2010 del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

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